Cuando se tiene claro que un matrimonio carece ya de sentido y cunde la desorientación acerca de la forma de iniciar el trámite del divorcio, lo principal es, ponerse en manos de buenos profesionales y por tanto hacer una consulta legal a abogados de divorcio que nos asesoren sobre las cuestiones de capital importancia con las que habrá que manejarse.
Antes de esbozar tales cuestiones, conviene lanzar una importante sugerencia: que, aparcando las obvias desavenencias conyugales, se haga un generoso esfuerzo por seguir la vía del mutuo acuerdo, aun con la participación de terceras personas si fuese preciso. Un divorcio de mutuo acuerdo es altamente aconsejable porque:
- Las medidas acordadas suelen respetarse más
- Son menores las contribuciones emocionales negativas
- Abarata los costes, limitándolos a los honorarios de abogado y procurador que representan unos 240 € si no hay hijos ni bienes o 450 € en caso contrario.
El punto de arranque es interponer demanda de divorcio ante un juzgado de familia, con intervención de abogado y procurador, este normalmente seleccionado por aquel. Se debe exigir una copia sellada de dicha demanda. Esta iniciativa es igualmente válida sea cual sea el cónyuge que la adopte, aportando el certificado de matrimonio y una propuesta de convenio regulador que plasma las obligaciones y derechos de cada cónyuge tras el divorcio y que suele elaborar el abogado o un mediador familiar, a veces gratuita y otras de pago, según la complejidad.
Un paso determinante es la liquidación de los bienes gananciales cuando proceda, lo que supone confeccionar dos lotes equivalentes de deudas y patrimonio. Asimismo es importante solicitar al abogado una nota de encargo profesional que detalle los costes del servicio y su contenido; cuando sea contratado, podrá exigir una provisión de fondos o bien la cuantía íntegra.
Pero desgraciadamente, puede darse el caso de que la demanda sea iniciativa unilateral de uno de los cónyuges, lo que da lugar al supuesto de divorcio contencioso, algo que en todo caso solo será admitido si el matrimonio tuviese al menos tres meses de vigencia y cuyo coste sería más elevado (superior a los 1200 €). El cónyuge demandante adjuntará el proyecto de efectos del divorcio que estime oportuno.
Independientemente de que se siga la vía “diplomática” o la “bélica”, los documentos que deben prepararse porque serán requeridos son los siguientes:
- Certificados de matrimonio y de empadronamiento
- Poder general para pleitos que concede poderes de representación al abogado y al procurador.
- Escrituras de propiedad de bienes inmuebles en caso de régimen económico de gananciales o capitulaciones matrimoniales si es separación de bienes.
- Copia del libro de familia para conseguir certificados de empadronamiento o nacimiento de menores.
Para quienes en su momento tramitaron solo una separación judicial y deseen divorciarse, los pasos, el coste y la duración del trámite no difieren. La diferencia entre separación judicial y divorcio estriba en que la primera es una autorización judicial para deshacer la convivencia sin poder contraer nuevo matrimonio, mientras que el divorcio supone la disolución total del vínculo matrimonial.
El colofón de toda tramitación de divorcio es una sentencia judicial, que normalmente acontece unos dos meses tras la presentación de la demanda por el procurador. La sentencia se remite a cada cónyuge acompañada de una copia del Convenio Regulador y una vez recibida, debe tenerse la precaución de no desprenderse nunca del original en ningún trámite administrativo